Zonas de bajas emisiones de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en sentencia del 17 de septiembre de 2024, ha anulado las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid al considerar, entre otros aspectos, que se da una “patente insuficiencia del informe de impacto económico” de las medidas adoptadas en la Ordenanza municipal.

En este sentido, el TSJM considera que el consistorio madrileño no tuvo “en cuenta importantes consecuencias en el terreno de la economía de un importante sector de la población, el de menos capacidad económica, el más vulnerable frente a las medidas restrictivas; ni la incidencia en la actividad de las empresas, singularmente en las más pequeñas de las que operan en el mercado”.

Asimismo, considera “de singular importancia que se hubiera tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como son los autónomos, microempresas o pymes”.

De hecho, el Ayuntamiento desoyó la necesidad propuesta por el RACE de que los vehículos de auxilio en vía pública (grúas, coches y motos taller) no se vieran sometidos a las restricciones de acceso a la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), dado el carácter esencial que comportan este tipo de servicios.

A tal efecto, el RACE propuso al Ayuntamiento de Madrid distintas alternativas que, en última instancia, tenían como objetivo facilitar la prestación de los servicios de auxilio en vía pública a todos aquellos conductores en caso de percance de algún tipo en el entorno urbano, al igual que se reconocían tratamientos singulares para otros colectivos que prestan servicios en las ZBE, como transportistas, taxis, VTC, etc.

Por otra parte, esta decisión judicial avala la posición que defendió el RACE durante la tramitación de la Ordenanza, y que compartió con los grupos municipales, de que no se aplicara la ZBE en los términos que se proponían para que no se restringiera innecesariamente la movilidad, apelando a un desarrollo normativo más acorde al tipo de desplazamientos y servicios que requiere una ciudad que acoge a cientos de miles de trabajadores a diario, muchos de los cuales proceden de zonas de difícil acceso al transporte público.

De hecho, para muchos usuarios, especialmente en áreas con menor frecuencia de transporte público, los vehículos son una necesidad diaria. Obligar a la compra de un vehículo que cumpla con el etiquetado medioambiental y con los estándares de la ZBE resulta altamente costoso y, las personas con menos recursos económicos se ven desproporcionadamente afectadas por ello.

Además, el RACE lamentó en su momento que la Ordenanza de Movilidad Sostenible situara la movilidad como un problema de salud pública, lo que habilita a tomar decisiones más drásticas en perjuicio, sobre todo, del no residente, estableciendo restricciones excesivamente severas a la movilidad del vehículo particular.

El Real Automóvil Club de España nunca estará en contra de aquellas políticas de mejora medioambiental que se propongan, pero éstas deben llevarse a cabo de manera ordenada, planificada y justa, pensando en todos los ciudadanos y en todos los usuarios de la vía, incluyendo aquellos servicios, como el auxilio en vía pública, que son de carácter esencial.

Más información:
Departamento de Comunicación RACE
comunicacion@race.es

 

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