Las bicicletas son un tipo de transporte ecológico, silencioso y económico. Por eso, cada vez más gente opta por circular con una bicicleta, sobre todo en las ciudades.
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A pesar de que sus conductores no tienen que sacarse un carnet de conducir, como ocurre con otros vehículos de motor, sí que deben cumplir unas normas para circular en bicicleta tanto por la ciudad como por la carretera. Lo cierto es que son vehículos considerados como vulnerables en la vía: desde enero hasta el 28 de noviembre de 2024 se han registrado 44 ciclistas fallecidos en las vías interurbanas en España. Por tal motivo, las bicicletas son las primeras que deben respetar, por su propia seguridad, la normativa de la DGT.
Decálogo de las normas básicas que debe cumplir un ciclista
A continuación, tienes un decálogo con las reglas para ciclistas que deben cumplir:
- Avisa de que vas a frenar fuerte. Si un ciclista realiza una frenada de emergencia, debe mover el brazo arriba y abajo para alertar a los demás conductores, ya que las bicicletas no tienen luces de freno, como otros vehículos a motor.
- Siempre mejor por el carril bici. Si existe un carril especialmente hecho para bicicletas, por seguridad utilízalo antes de circular por la carretera.
- Sin alcohol. Los ciclistas están obligados, como el resto de conductores, a someterse al test de alcoholemia si lo requiere un agente. Estas son las tasas de alcoholemia permitidas y las multas si las incumples.
- Pasajeros de hasta 7 años. Sólo puedes llevar niños que no superen esa edad en un asiento adicional homologado. La multa por incumplir esta norma para bicicletas o por llevar a un niño incorrectamente es de 100 euros.
- Móvil y auriculares. No se puede utilizar el teléfono móvil ni llevar puestos los auriculares en los oídos, aunque no vayas escuchando nada.
- Saltarse un semáforo. Una práctica relativamente común de algunos ciclistas urbanos. La multa oscila entre los 100 y los 500 euros.
- Casco. En ciudad es obligatorio para los menores de 16 años; para los adultos es sólo recomendable. En carretera, su uso es obligatorio.
- Circulación en un paso de peatones. No puedes cruzar estos pasos subido en la bicicleta, debes hacerlo a pie. La multa por no cumplir esta regla es de 200 euros.
- En paralelo. Los ciclistas pueden circular en filas de dos por la carretera, siempre que se orillen lo máximo posible a la derecha. Si hay tramos sin visibilidad como curvas y si hay aglomeraciones no está permitida la circulación en paralelo; deben colocarse en una fila.
- Por el arcén. Si la carretera no tiene un carril bici, los ciclistas deben ir siempre por el arcén de su derecha, salvo cuando haya un descenso prolongado, siempre que sea seguro circular por el carril de la carretera.
La DGT añade en 2025 nuevas normas para mejorar la seguridad de los ciclistas
La Dirección General de Tráfico ha anunciado varios cambios significativos en el Reglamento General de Circulación para el año 2025. Algunas modificaciones atañen directamente a los ciclistas:
- En vías urbanas, los ciclistas deben circular por el centro de la calzada y los vehículos deben mantener, al menos, una distancia de seguridad de 5 metros.
- En carretera, se ha añadido la obligación de quien adelante a un ciclista debe hacerlo, como máximo, a 20 km/h por debajo del límite de velocidad aplicable al tramo por el que circula, además de dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros.
- Por la noche o en condiciones de poca luz es obligatorio el uso de elementos reflectantes homologados que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.
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Casco
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Gafas (para evitar polvo e insectos)
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Maillot
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Guantes
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Mallas con culotte ajustado
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Zapatillas con calas (para un pedaleo más seguro)
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Es recomendable llevar prendas reflectantes en la vestimenta
- Obligación de uso del casco. Se suprimen, por carecer de sentido, las exenciones existentes en la actualidad para la circulación en vías interurbanas, salvo para los ciclistas profesionales o que estén en competición, bajo su propia responsabilidad.
- En las calles de un único sentido con una velocidad máxima de 30 km/h las bicicletas pueden circular en sentido contrario.
- En situaciones de congestión, los ciclistas podrán circular por la derecha y la izquierda de los vehículos, siempre que lo hagan con precaución y asegurándose de que los demás ocupantes de la vía ven la maniobra.
Recuerda, como ciclista eres más vulnerable que los demás vehículos que están circulando por la carretera, así que aplica las normas y el sentido común antes de realizar cualquier maniobra.
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