Documentación moto

Para circular en cualquier tipo de vehículo a motor, y más allá de obedecer la normativa de Tráfico, es imprescindible que lleves contigo una documentación determinada que demuestre que cuentas con todos los permisos y papeles requeridos por la ley. Ahora bien, cuando se trata de conducir en moto, ¿qué documentación es obligatorio llevar en el vehículo? ¿Se necesita en formato físico o también es válida su versión digital?

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Conocer cuáles son esos documentos y cerciorarse de llevarlos según marca la ley es un factor esencial, no solo para evitar la desagradable sorpresa de una multa, sino también para garantizar que el vehículo está en condiciones de circular con seguridad por la red pública de carreteras. Recuerda, no obstante, que mientras algunos de ellos deben portarse en la moto, otros deben tenerse al día, sin que sea obligatorio llevarlos encima.

Documentación de la moto obligatoria


Hay tres documentos que debes asegurarte de tener contigo antes de subirte sobre la moto: el carnet de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta favorable de la ITV. No presentarlos si un agente de la autoridad te los requiere puede dar lugar a sanciones económicas de diferente cuantía. Así, por ejemplo, puedes recibir una multa de 10 euros por cada uno de los papeles del vehículo que no puedas mostrar al agente.

Asimismo, conviene recordar que no es imprescindible presentarlos físicamente si dispones de la aplicación miDGT, en la que se incluye toda la documentación relativa al conductor y sus vehículos.

  • Carnet de conducir válido para el tipo de motocicleta con el que circules (AM, A1, A2 y A). No llevarlo puede dar lugar a infracciones de distinta gravedad y cuantía: si incluye datos erróneos, es una infracción leve por la que puedes recibir una multa de 80 euros; si se te ha pasado de fecha y conduces con el carnet caducado, es una infracción grave penalizada con 200 euros de multa; pero si conduces con el carnet retirado o suspendido; sin puntos en el carnet; o con un permiso que no te habilite para ese tipo de moto, la infracción es muy grave y conlleva una multa de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet.
  • Permiso de circulación. Este documento es la autorización de Tráfico para poder circular legalmente con tu moto. Acredita que está registrada a tu nombre y que cumple con todos los requisitos exigidos por la ley, e incluye todo tipo de información como los datos de matrícula, primera matriculación; cilindrada y potencia o marca y denominación comercial, entre otros. Si tu moto no dispone de este permiso, la infracción es muy grave y se castiga con 500 euros de multa. Y una cosa más: no será válido a menos que vaya acompañado de un informe favorable de la ITV.
  • Tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Sirve para acreditar que tu moto ha superado la correspondiente inspección y que cumple con los requisitos mínimos exigidos para circular con seguridad. Como hemos señalado, es imprescindible contar con una ITV favorable, además de llevar expuesta la correspondiente pegatina en un lugar visible del carenado frontal de la moto. Circular con la ITV caducada o desfavorable se castiga con 200 euros de multa, y si se hace con un informe negativo, la sanción asciende hasta los 500 euros.

¿Qué documentación hay que tener, pero no es necesario llevar?


Además de los papeles señalados en el punto anterior, existen otros dos documentos que se deben tener en vigor, pero que no es necesario portar físicamente en la moto ya que, en ambos casos, los agentes de la autoridad pueden comprobar telemáticamente si conductor y vehículo cuentan con estos documentos:

  • El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
  • El seguro obligatorio de Responsabilidad Civil.

Recuerda, además, que conducir una moto sin tener un seguro en regla es de las infracciones más graves que puedes cometer (con multas que oscilan entre los 601 y los 3.005 euros). Además, si te ves envuelto en un accidente sin el seguro en regla, deberás hacer frente personalmente a los costes de los daños personales y materiales sobre terceros (amén de los tuyos propios).

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