Etiqueta C Madrid

Madrid se ha convertido en una gran Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en el año 2025. Esto significa que en los 21 distritos que forman parte del municipio el acceso de los coches más contaminantes está restringido, es decir, aquellos vehículos sin etiqueta ambiental de personas no empadronadas en Madrid ya no pueden acceder al interior del perímetro de la ZBE Madrid y tampoco circular por la M-30 (por la M-40, M-45 y M-50 sí está permitido).

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Los vehículos sin etiqueta ambiental que sí pueden seguir circulando por la ZBE Madrid son aquellos que están empadronados en el municipio. Podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2025 gracias a una moratoria de última hora anunciada a finales de 2024 por el Ayuntamiento de Madrid.

Quedan claras las restricciones de los coches que no tienen derecho a etiqueta, pero ¿qué ocurre con los coches que tienen la pegatina C en Madrid y quieren entrar en la ciudad? La realidad es que la normativa, de momento, es muy parecida a la que te contamos con los coches con pegatina B que quieren entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid.

Los coches con etiqueta C podrán seguir entrando en la ZBE Madrid

En la actualidad, existen tres escenarios en Madrid con unos requisitos diferentes según la Zona de Bajas Emisiones por la que se transites:

  • Zona de Bajas Emisiones de Madrid: la más general que abarca los 21 distritos.
  • Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro: lo que era el antiguo Madrid Central, que está dentro del perímetro de la ZBE Madrid.
  • ZBEDEP Plaza Elíptica: también incluida en el perímetro de la ZBE Madrid.

1) Etiqueta C en Madrid y su ZBE en 2025

Los coches con etiqueta C no tienen ningún tipo de restricción para acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid en 2025.

2) Etiqueta C en la ZBEDEP Distrito Centro

Dentro de la ZBE Madrid hay esta zona de especial protección en Distrito Centro, lo que anteriormente se denominaba ZBE Madrid Central. Al contrario que en el primero, en el Distrito Centro está prohibida la circulación de las etiquetas C y B, y sólo puedes acceder al interior del perímetro si:

  • Estacionas en un aparcamiento público.
  • Estás empadronado en el Distrito Centro.
  • Tienes una invitación de una persona que esté empadronada en el interior de la ZBEDEP Distrito Centro.
  • Eres una empresa o autónomo y ejerces tu actividad en un local de la zona.
  • Tu vehículo está destinado al transporte de una persona que sea titular de una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Tienes una plaza de garaje particular.
  • Eres cesionario o arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal para residentes que esté situada en el Distrito Centro.
  • Tienes un VTC o un taxi con servicio previamente contratado con origen o destino en Distrito Centro y está asignado como tal con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. También pueden acceder estos vehículos si están acondicionados para la entrada y salida, además del viaje, de una persona que viaje en su propia silla de ruedas.
  • Tienes una autorización del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del SER.
  • Tu vehículo pertenece a una autoescuela ubicada dentro de la ZBEDEP.
  • Accedes a un taller que esté dentro del perímetro acotado.
  • Tu vehículo es necesario para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública, siempre que esté previamente autorizado por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Se utiliza por un abogado del Servicio de Guardia de Turno de Oficio que esté llevando a cabo un servicio.
  • Lo utilizas para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y secundaria.
  • Trabajas en horario nocturno (entre las 00:00 y las 06:00 horas) dentro del Distrito Centro.

Si tienes una moto con etiqueta C puedes acceder libremente a la ZBEDEP Distrito Centro entre las 7 y las 22 horas. Si entras en un horario diferente, no recibirás una multa de 200 euros si tienes una autorización de acceso (disponer de una plaza de garaje, estacionar en un parking público, tener la invitación de un residente…).

2) Etiqueta C en la ZBEDEP Plaza Elíptica

Si tienes un vehículo con etiqueta C y quieres acceder a la zona de bajas emisiones de Plaza Elíptica en 2025 no tendrás ninguna restricción, al igual que ocurre con los vehículos con etiqueta B.

En conclusión, tanto la etiqueta C como la B no tienen prácticamente restricciones para acceder a Madrid en 2025, salvo los requisitos excepcionales de la ZBEDEP de Distrito Centro. Sin embargo, todo apunta a que dentro de una década o quizás menos, este tipo de vehículos tengan más restricciones de acceso, al contrario que los vehículos Eco y Cero, que tienen una serie de privilegios adquiridos debido a su bajo o nulo índice de contaminación.

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