Impuesto de circulación

Tener un coche en propiedad lleva asociados algunos gastos fijos. Entre ellos, el impuesto de circulación, conocido coloquialmente como el ‘numerito’. ¿En qué consiste este impuesto de circulación de la DGT?

En el RACE te ayudamos con el trámite del pago del impuesto de circulación,
a través de nuestro servicio de gestoría.

¡Infórmate!

¿Qué es el impuesto de circulación?

Su denominación formal en el Reglamento General de Vehículos es el de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Su objetivo es gravar la titularidad de los vehículos matriculados que son aptos para circular por la vía pública.
El impuesto IVTM se aprobó en España en enero de 1990 en sustitución del Impuesto Municipal sobre Circulación de Vehículos. Son los ayuntamientos los encargados de recaudar anualmente este impuesto obligatorio.

¿Quién lo paga?, ¿cuándo hay que pagar el impuesto de circulación?, ¿dónde?, ¿cuál es el precio? Resolvemos estas cuestiones.

Pagar el impuesto de circulación: ¿a qué vehículos les corresponde?

Actualmente, todos los vehículos matriculados tienen que asumir el pago del impuesto de circulación. También deben asumir este coste los vehículos con permisos temporales de circulación o de matrícula turística.
Están exentos del pago:

  • Los vehículos oficiales.
  • Vehículos de representantes diplomáticos.
  • Vehículos de servicio sanitario.
  • Vehículos para personas de movilidad reducida (grado igual o superior al 33 por ciento).
  • Vehículos destinados al transporte público urbano con más de nueve plazas (incluida la del conductor).
  • Maquinaria con Cartilla de Inspección Agrícola.

¿Cuándo se paga el impuesto de circulación

El impuesto de circulación se devenga el primer día del período impositivo, es decir, comenzaría el 1 de enero, o bien cuando se compra un vehículo. Se paga una vez al año, por lo general, en el período voluntario que va desde el 1 de abril al 30 de junio. Su validez es desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

¿Dónde y cómo se paga el impuesto de circulación?

El pago se realiza en el ayuntamiento al que pertenezca el domicilio fiscal (se puede consultar desde el área privada de la aplicación miDGT) que conste en el permiso de circulación del vehículo y es este organismo quien avisa al propietario enviándole una carta de pago.
El recibo se puede domiciliar, se puede pagar directamente en alguna de las oficinas bancarias colaboradoras o incluso a través de Internet o por teléfono. Pero si prefieres que alguien se ocupe de todos los trámites por ti, siempre puedes acudir al servicio de gestoría del RACE.

Pagar el impuesto de circulación por Internet

La forma de hacer el pago del impuesto de circulación online depende de cada ayuntamiento. Por ejemplo, en Madrid se puede pagar por Internet a través de su página web hasta las 20 horas del último día de su período voluntario de pago a través de:

  • Banca electrónica.
  • Tarjeta de crédito o débito.
  • Certificado digital.

Pagar el impuesto de circulación sin recibo

Normalmente, tu ayuntamiento te enviará una carta de pago o un recibo del impuesto de circulación con el que podrás realizar el pago. Ahora bien, si no lo tienes porque no te ha llegado (por ejemplo, si te has cambiado de domicilio y no lo comunicaste) o porque se ha perdido, tendrás que solicitar un duplicado del recibo. Esto lo puedes hacer a través de la web de tu ayuntamiento o personándote en las oficinas donde está registrado el vehículo.

¿Cuál es el precio del impuesto de circulación?

Las cuotas tributarias se establecen por ley en función de la potencia (caballos fiscales) y del tipo de vehículo. En el artículo 95 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales explica las tarifas básicas del IVTM:
A partir de estas cifras, cada ayuntamiento puede aplicar un coeficiente de incremento máximo para fijar la tarifa definitiva. Esta flexibilidad provoca que la cuota sea diferente en cada ciudad e incluso en cada municipio. Así, por ejemplo, quien sea propietario de un turismo de 11 CV fiscales en 59 € en Madrid.

Se contemplan bonificaciones en el pago del Impuesto de Circulación para algunos vehículos:

  • Hasta el 75% en función de la clase de carburante y/o de las características de los motores y su incidencia en el medioambiente.
  • Hasta el 100% para los vehículos históricos con más de 25 años.

¿Y si no pagas el impuesto de circulación obligatorio?

Si no pagas el impuesto de circulación en el período voluntario te volverá a llegar el recibo con diferentes recargos:

  • Recargo del 5 %: si ingresas la deuda antes de la notificación de la providencia de apremio.
  • Recargo del 10 %: si el ingreso de la deuda después del período voluntario se realiza tras la notificación de la providencia de apremio en el plazo señalado en el artículo 62.5 de la Ley General Tributaria.
  • Recargo del 20 %: se le pueden añadir los intereses de demora.

Si aún así sigues sin abonarlo, te podrían llegar a embargar la cuenta bancaria e, incluso, el vehículo.

¿Cómo pagar impuesto de circulación fuera de plazo online?

Si pagas fuera del período voluntario, tendrás que acudir a la misma web de tu municipio y buscar el enlace donde te permitan realizar el ingreso del dinero fuera del plazo. En el caso de Madrid sería en este enlace.

¿Quién se encarga de pagar el numerito al comprar un coche usado?

En el caso de vender o comprar un coche de segunda mano, el impuesto de circulación será abonado por la persona que figure como titular con fecha 1 de enero del año natural en el que se produce la compraventa.

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