Cuando ocurre un accidente de tráfico en el que están implicados coches diferentes, uno de los conductores va a ser el causante y, por tanto, su compañía aseguradora se va a tener que responsabilizar de los daños a terceros que se hayan podido generar tras el accidente. Para que esto ocurra, tienes que pedir una reclamación directamente a la aseguradora en la que aparezcan:
- Los datos de los vehículos implicados.
- Los datos de los conductores.
- Una explicación detallada de lo ocurrido en el accidente.
- Debes presentar los informes necesarios que permitan a la aseguradora responsable cuantificar los daños.
Tienes el plazo de un año para hacer la reclamación. Si la aseguradora acepta la culpa de su cliente, entonces responderá con una oferta motivada.
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¿Qué es la oferta motivada?
Es el documento escrito que debe presentar la aseguradora del responsable del accidente al perjudicado. En él debe aparecer explícitamente el reconocimiento de la culpa del asegurado responsable y la propuesta de indemnización de forma detallada y desglosada por los daños personales y materiales causados a raíz del accidente de tráfico.
Así aparece en el artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor: “El asegurador, dentro del ámbito del aseguramiento obligatorio y con cargo al seguro de suscripción obligatoria, habrá de satisfacer al perjudicado el importe de los daños sufridos en su persona y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable. Únicamente quedará exonerado de esta obligación si prueba que el hecho no da lugar a la exigencia de responsabilidad civil conforme al artículo 1 de la presente Ley”.
¿Qué plazos hay para presentar la oferta motivada?
Una vez que se hace la reclamación de los daños a la aseguradora del responsable, desde su recepción hay un plazo máximo de 3 meses para presentar la oferta motivada. En el momento en que se presenta hay un plazo de 5 días para realizar el pago. Si la aseguradora no lo cumple y no tiene forma de justificar el retraso se aplicarán unos intereses por la demora que se añadirán a la indemnización final.
También puede ocurrir que la oferta motivada se alargue en el tiempo si no es fácil cuantificar los daños. En ese caso, igualmente debe escribir a la persona que sufrió el accidente explicando que tardará más tiempo en ofrecerle una oferta porque le faltan datos para establecer la cuantía total de los daños.
La aseguradora del responsable no siempre está obligada a presentar la oferta motivada
Puede ocurrir que la aseguradora no se quiera hacer cargo de la responsabilidad civil porque no considera que tenga relación con el accidente o por cualquier otro motivo. En ese caso, no tendrá que presentar una oferta motivada, sino una respuesta motivada. De esta forma, tendrá que contestar a la reclamación con este escrito en el que deberá demostrar y justificar con los documentos e informes de que disponga que su cliente no tiene ninguna culpabilidad. Esta acción prescribe al año.
¿Qué ocurre si hay disconformidad con la oferta motivada?
Puede que el accidentado no esté conforme con la cantidad que le ofrece la aseguradora del culpable. Para saber si el cálculo es justo, hay que mirar los importes que aparecen en el anexo “Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación” que aparece en la ley mencionada. Si hay disconformidad tiene que pedir otros informes médicos. Para eso, tiene dos vías:
- Solicitar informes médicos forenses en el Instituto de Medicina Legal: este gasto lo cubrirá la aseguradora del cliente que provocó el accidente.
- Solicitar informes a un perito privado.
Estos nuevos informes se reenviarán a la aseguradora para que se plantee si cambiar la oferta motivada que envió en un primer momento o modificarla con una nueva cuantía. Para ello tiene un plazo de un mes. Si aun así el afectado sigue sin estar conforme con la oferta motivada o con la respuesta motivada, podrá continuar con un proceso de mediación durante dos meses más. Si no hay acuerdo, sólo quedará realizar una demanda a la aseguradora y que se resuelva a través de la vía judicial.
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