Siempre debes conducir respetando la circulación de los demás vehículos y cediendo el paso en la medida de lo posible a los que vienen de tu derecha. Sin embargo, hay situaciones de tráfico en las que es necesario establecer unas normas de prioridad de paso para así evitar la confusión y, en consecuencia, un posible accidente de tráfico. En el Reglamento General de Circulación se pueden consultar cuáles son todas las situaciones en las que es necesario conocer la prioridad de paso.
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¿Quién tiene la prioridad de paso en estrechamientos?
Si una carretera en un punto concreto se estrecha y sólo cabe un vehículo, la normativa señala que el primer vehículo que llega al estrechamiento tiene la preferencia y el otro vehículo debe ceder el paso.
No obstante, si llegan a la vez hay que acatar lo que indique la señal de tráfico. Si es circular e indica una prohibición de paso, debes esperar a que el otro conductor termine su trayectoria. Si tienes delante de ti una señal cuadrada de fondo azul con flechas, eres tú el que debe pasar primero.
Si te encuentras un coche de frente en un camino estrecho donde no hay señalización, debe imperar el sentido común y la preferencia de paso la tiene el vehículo que tenga más dificultad para maniobrar. El orden de preferencia aparece en el artículo 62 del Reglamento General de Circulación (RGC):
- Vehículos especiales y en régimen de transporte especial que excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas reguladoras de los vehículos.
- Conjunto de vehículos, (excepto los contemplados en el número 4).
- Vehículos de tracción animal.
- Turismos que arrastran remolques de hasta 750 kilogramos de masa máxima autorizada y autocaravanas.
- Vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros.
- Camiones, tractocamiones y furgones.
- Turismos y vehículos derivados de turismos.
- Vehículos especiales que no excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas reguladoras de los vehículos, cuadriciclos y cuadriciclos ligeros.
- Vehículos de tres ruedas, motocicletas con sidecar y ciclomotores de tres ruedas.
- Motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas.
Si el estrechamiento se debe a unas obras, debes seguir las indicaciones de los obreros o de los semáforos que aparecen en cada lado del estrechamiento (artículo 60 del RGC).
¿Quién tiene la preferencia de paso en tramos de gran pendiente?
El artículo 63 del RGC informa que, en caso de estrechamiento en un tramo de gran pendiente (los que tienen una inclinación mínima del 7%), la preferencia de paso la tiene el vehículo que circule en sentido ascendente, salvo si éste pudiera llegar antes a un apartadero establecido al efecto.
Las bicicletas tienen prioridad de paso, pero no siempre
El artículo 64 del RGC especifica que los ciclistas tienen la preferencia:
- Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
- Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
- Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos.
¿Cuándo tienen prioridad de paso los peatones?
El artículo 65 del RGC explica cuándo tienen prioridad de paso los peatones:
- En los pasos para peatones debidamente señalizados.
- Cuando un vehículo vaya a girar para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para estos.
- Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones que no dispongan de zona peatonal.
- En las zonas peatonales, cuando los vehículos las crucen por los pasos habilitados al efecto, los conductores tienen la obligación de dejar pasar a los peatones que circulen por ellas.
- También deberán ceder el paso los conductores:
- A los peatones que vayan a subir o hayan bajado de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, en una parada señalizada como tal, cuando se encuentren entre dicho vehículo y la zona peatonal o refugio más próximo.
- A las tropas en formación, filas escolares o comitivas organizadas.
- Ten en cuenta que las bicicletas no tienen la preferencia en un paso de peatones a no ser que su conductor esté empujando la bicicleta, en cuyo caso será un peatón más.
Prioridad de paso en intersecciones
En una intersección sin señalizar la normativa dice que hay que ceder el paso a los vehículos que vengan de la derecha salvo las siguientes excepciones. Los que circulan por:
- Por vías pavimentadas.
- Dentro de una glorieta.
- Por raíles.
- Por autovía/autopista frente a incorporaciones.
Recuerda que es fundamental observar, señalizar y situarse correctamente en el carril para que el cambio de dirección se haga de la forma más segura posible.
¿Quién tiene la preferencia de paso en una rotonda?
Si vas a entrar a una rotonda, ten en cuenta que son los vehículos que circulan por ella los que tienen la preferencia a la hora de circular (en este caso no tienen que ceder el paso a los que vienen por la derecha, como indica la normativa). Si te vas a incorporar a ella, debes ceder el paso mirando a la izquierda y derecha hasta que puedas acceder a ella con total seguridad.
¿No siempre tienen la prioridad de paso los vehículos de emergencia?
Por norma general, debes ceder el paso a los vehículos de emergencia (ambulancias, coches de policía o de bomberos) si están realizando un trabajo y lo anuncian, bien a través de señales lumínicas o si las acompañan también las señales sonoras. Si no las tienen puestas, se establece la normativa común de prioridad de paso indicada en el Reglamento General de Circulación.
El uso del intermitente no te da la preferencia
Recuerda que el uso del intermitente es obligatorio, pero eso no te da la preferencia de paso, simplemente informa a los otros conductores de tu intención de cambiar tu dirección.
Si te han puesto una multa por haber infringido alguna norma de circulación, el RACE te ayuda con la gestión.
Aviso y gestión de multas