Registro apoderamiento coche

Imagínate que tienes que hacer una gestión en Tráfico, como notificar una venta o realizar una transferencia o cualquier otra, pero que tu trabajo, o cualquier otra circunstancia, te impide acudir en persona. ¿Cómo solucionarlo? Al igual que sucede cuando autorizas a otra persona para recoger un paquete en Correos, la Dirección General de Tráfico pone a disposición de los ciudadanos una herramienta gratuita para delegar en un tercero la realización de un determinado trámite o de varios.

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Este servicio es el Registro de Apoderamientos (REA) de la DGT; una plataforma informática a través de la cual una persona (el representado) autoriza a otra (el representante o apoderado, que puede ser una persona física o jurídica) para que actúe en su nombre tanto en la sede digital de la DGT como en cualquier jefatura de Tráfico. Además, también podrá leer las notificaciones enviadas a la Dirección Electrónica Vial (DEV) del representado.

¿Cómo registrar un apoderamiento?


Como hemos mencionado, la representación puede ser específica (para un único trámite) o general (para varios). Existen tres maneras diferentes de tramitarla:

  • Por teléfono, a través del 060. Sirve únicamente para autorizar a personas físicas. Es necesario verificar la identidad propia y conocer el nombre o razón social de quien va a representarle, además de su DNI, CIF o NIE.
  • Por internet, en la sede electrónica de la DGT. Es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o Sistema Cl@ve. Allí podrás tramitar representaciones, consultar el detalle, anular o renovar una representación, ver los usos y los documentos de una representación y suscribirte al sistema de avisos. Es el canal obligado si te va a representar una persona jurídica.
  • Presencialmente en una jefatura u oficina de Tráfico, para lo que será necesario pedir cita previa. Si la representación la pide el representado, debe acreditar su identidad y presentar el formulario de solicitud, solo con su firma; si, en cambio, lo hace el representante, debe aportar, además del formulario debidamente rellenado (y con la firma de los dos), el DNI original de ambos.

Según informa la propia DGT, tanto el otorgamiento, la revocación, la consulta y demás servicios de las representaciones son un trámite gratuito. No obstante, la realización del trámite concreto para el que se ha otorgado la representación sí que puede implicar, según el caso, la compra de una tasa.

Duración de una representación


El tiempo durante el cual la representación será válida depende del canal que se haya empleado para pedirla. Si, por ejemplo, le hemos solicitado por teléfono, el plazo será siempre de un mes, a contar desde el mismo día en que se solicita.

En el caso de haberla pedido por internet o presencialmente, la duración será aquella que hayas definido al momento de pedirla o renovarla, siempre dentro de los márgenes establecidos (desde un solo día hasta 180).

Es importante saber que este plazo máximo puede renovarse, si es necesario. La representación, además, puede modificarse o revocarse en cualquier momento que el representado considere oportuno. Por su parte, el representante siempre puede dejar de serlo, aunque la representación siga vigente: cuando esto se produce, al representado se le envía un mensaje notificando el rechazo por parte del representante, si es que está suscrito al sistema de avisos.

¿Es posible tener más de un representante?


Tal y como recuerda la propia Dirección General de Tráfico, el número máximo de representantes lo define la DGT para cada trámite. Algunos permiten tener varios representantes simultáneamente, mientras que otros solo permiten uno a la vez. Este y otros aspectos de los trámites pueden consultarse en el apartado «Relación de trámites» de la aplicación de apoderamientos.

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