Señales agentes tráfico

Las señales de tráfico son las que permiten que los conductores tengamos un idioma común cuando circulamos por la carretera. Ya explicamos en su momento que había diferentes tipos:

  • Señales de los agentes de circulación.
  • Circunstanciales.
  • Semáforos.
  • Señales verticales de circulación.
  • Marcas viales.

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¿Qué significan y cuáles son las señales de los agentes de tráfico?

En este contenido nos vamos a centrar en explicar qué significan cada uno de los gestos que nos hacen los agentes de circulación.

Al igual que las señales de tráfico, las indicaciones de un agente son siempre ejecutivas, es decir, hay que obedecerlas al instante y prevalecen sobre cualquier señal o norma. Si no se cumplen, es posible que antes o después te llegue una multa.

Es en el título IV del capítulo VI del Reglamento General de Circulación donde se explican todas las órdenes de los agentes de circulación. Vamos a explicar cada una:

Brazo levantado verticalmente: obliga a todos los usuarios de la vía que se acerquen de frente al agente a detenerse, salvo a los conductores que no pueden hacerlo en condiciones de seguridad. Esta señal no obligará a su detención a los conductores que ya hayan entrado en una intersección. La parada deberá hacerse en la línea de detención más cercana o, si no, en la que esté antes del agente. En una intersección, la detención debe efectuarse antes de entrar en ella. Con posterioridad a esta señal, el agente podrá indicar, en su caso, el lugar donde debe efectuarse la detención.
Brazo o brazos extendidos horizontalmente: obliga a detenerse a los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde cualquier dirección que corte a la indicada por el brazo o los brazos extendidos, y permanece en vigor vigente aunque el agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de posición o efectúe otra señal. Balanceo de una luz roja o amarilla: obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.
Balanceo de una luz roja o amarilla: obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.
Brazo extendido moviéndolo alternativamente de arriba abajo: obliga a disminuir la velocidad a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal. Esto también ocurre cuando los agentes van motorizados y desde un coche o una moto nos lo pueden señalizar también.
Señales acústicas: los agentes podrán ordenar la detención de vehículos con una serie de toques de silbato cortos y frecuentes, y la reanudación de la marcha con un toque largo.

Otras señales de los agentes de tráfico

Los agentes podrán dar órdenes o indicaciones a los usuarios mientras hacen uso de la señal V-1 (luz azul) de vehículo prioritario, que establece el Reglamento General de Vehículos, a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por los conductores. Entre ellos nos encontramos:

Bandera roja: el vehículo que la lleva nos indica que la calzada está temporalmente cerrada al tráfico excepto para aquellos que están escoltados por los agentes.
Bandera verde: es lo contrario que la roja, es decir, indica que la calzada queda de nuevo abierta al tráfico.
Bandera amarilla: informa al resto de los conductores y usuarios la necesidad de extremar la atención o la proximidad de un peligro.
Brazo extendido hacia abajo inclinado y fijo: el agente, desde un vehículo, indica la obligación de detenerse en el lado derecho a aquellos usuarios a los que va dirigida la señal.
Luz roja o amarilla intermitente o destellante hacia delante: desde un vehículo, el agente indica al conductor que le precede que debe detenerse en el lado derecho, delante de la Policía, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y siguiendo las instrucciones que imparta el agente mediante la megafonía.

Figuras que pueden emplear las mismas señales que los agentes de tráfico

En ausencia de los agentes de la circulación o para ayudarles en sus funciones, la Policía Militar también podrá regular la circulación. Lo mismo ocurre con el personal de obras en la vía y el de acompañamiento de los vehículos en régimen de transporte especial, que podrá regular el paso de vehículos mediante el empleo de las señales verticales R-2 (detención obligatoria o stop) y R-400 (sentido obligatorio) incorporadas a una paleta. Estas dos señales también podrán utilizarlas las patrullas escolares, que “invitarán” a los usuarios de la vía a que detengan su marcha si la circunstancia procede.

Detención obligatoria o stop

Sentido obligatorio

*Imágenes obtenidas del BOE

Tanto los agentes de la autoridad que regulen la circulación como la Policía Militar, el personal de obras y el de acompañamiento de los vehículos en régimen de transporte especial, que regulen el paso de vehículos y, en su caso, las patrullas escolares, el personal de protección civil y el de organizaciones de actividades deportivas o de cualquier otro acto deberán utilizar prendas de colores llamativos y dispositivos o elementos retrorreflectantes que permitan a los conductores y demás usuarios de la vía que se aproximen distinguirlos a una distancia mínima de 150 metros, tanto de día como de noche.

Saber interpretar, y cumplir, con las señales que los agentes de tráfico nos indican nos pueden evitar alguna multa por su incumplimiento. No obstante, si eres socio del RACE podrás beneficiarte del servicio de ayuda a la gestión de los avisos y las multas de este y otro tipo.

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