La Zona de Bajas Emisiones de Getafe está en activo desde el 27 de enero de 2025 con un mapa que abarca un área aproximada de 1 km2.
En el artículo 14 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y la Transición Energética, se obligó a 149 municipios con más de 50.000 habitantes a establecer una Zona de Bajas Emisiones antes de 2023. La Zona de Bajas Emisiones de Getafe está ya en vigor desde 2025 y sanciona a los vehículos más contaminantes.
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Coches que sí (y que no) pueden entrar en la Zona de Bajas emisiones de Getafe
En Getafe las restricciones de acceso a la Zona de Bajas Emisiones va a depender de si eres o no residente en la misma. En el primer caso, si vives dentro de la ZBE podrás acceder con cualquier tipo de vehículo, incluyendo los que no les corresponde ningún tipo de etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Si no eres residente de la ZBE, pero tu vehículo está domiciliado en Getafe y dado de alta en el IVTM del padrón del municipio, las limitaciones son diferentes según el tipo de etiqueta que tenga tu coche y el año. En la siguiente tabla puedes comprobar las medidas restrictivas que hay, según seas residente en la ZBE o vivas fuera de la ZBE en Getafe.
*Vehículos domiciliados en la ZBE de Getafe y alta en padrón IVTM de la ZBE de Getafe. Fuente: Ayuntamiento de Getafe.
¿Puedo circular por la ZBE de Getafe sin etiqueta?
Si eres un residente de la ZBE sí podrás circular y aparcar aunque tu coche no tenga la pegatina de la DGT. Si no eres residente, no podrás pasar sin etiqueta, salvo si cumples con alguna de las siguientes exenciones:
- Si el vehículo es histórico.
- Si tiene matrícula extranjera o diplomática.
- Si realiza servicios funerarios.
- Si el vehículo está adaptado y homologado para ser conducido por una persona con movilidad reducida.
- Si pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, Fuerzas Armadas… o si realiza algún tipo de servicio público esencial como la extinción de incendios, protección civil y salvamento, ambulancia u otro tipo de servicios de emergencias.
¿Cuáles son las multas si accedes a la ZBE de Getafe y tu coche no puede entrar?
La multa por incumplir la normativa que impide el acceso de los vehículos más contaminantes a la ZBE de Getafe es de 200 euros (pronto pago del 50% si se paga en los 20 días naturales desde la notificación).




¿Qué etiquetas pueden entrar en Getafe para aquellos que no sean residentes en Getafe?
El acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Getafe difiere un poco para aquellos que no son residentes y quieren entrar en la ZBE de Getafe:
- Si tienes un vehículo sin etiqueta de la DGT, desde 2025 no vas a poder entrar, salvo que cumplas con algunas de las excepciones que mencionamos unas líneas más abajo.
- Si tu coche tiene la etiqueta B, en 2025 podrás acceder si lo aparcas en un parking. En 2026 ya no tendrás la posibilidad de circular, ni siquiera dejándolo en un aparcamiento público.
- Si a tu vehículo le corresponde la etiqueta C, en 2025 no tendrás problemas de acceso. En 2026 podrá pasar, siempre que se deje en un parking. A partir de 2027 tendrá vetado el acceso.
- Por su parte, los vehículos con etiqueta Eco y Cero podrán acceder a la ZBE de Getafe sin ningún tipo de restricción, independientemente del año.
- Para los vehículos que necesiten acceder a la ZBE de Getafe en alguna circunstancia excepcional, se podrá solicitar una autorización expresa (temporal o puntual) que concederá el Ayuntamiento de Getafe si la causa está justificada.
En la siguiente tabla puedes comprobar de una forma más visual qué tipo de limitación tiene tu vehículo para acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Getafe.
*Fuente: Ayuntamiento de Getafe.
¿Qué días se puede circular por la ZBE de Getafe sin etiqueta?
La ZBE de Getafe no establece una limitación de la zona por días, es decir, se mantiene los 365 días del año, aunque el plan contempla la opción de endurecer las medidas en períodos de alta contaminación. Por tanto, si eres residente dentro de la ZBE de Getafe puedes circular con tu coche sin etiqueta cualquier día del año, mientras que si no vives en la zona acotada, no vas a poder circular por ella, salvo si cumples con alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
¿Qué horario tiene la zona de bajas emisiones en Getafe?
Al igual que ocurre con los días, no hay una limitación horaria de la ZBE de Getafe. Su funcionamiento es los 365 días del año durante las 24 horas del día.
¿Qué calles limitan la Zona de Bajas Emisiones de Getafe?
La ZBE de Getafe está delimitada por un perímetro que comprende las siguientes vías (se permite la libre circulación en ellas, pero no en el interior del perímetro):
- Calle Toledo.
- Calle Sur.
- Calle Ferrocarril.
- Paseo de la Estación.
- Calle Ilustración.
- Calle Madrid.
- Avenida Juan de la Cierva.
- Calle Alonso de Covarrubias.
- Calle Humanes.
- M-406.
El Ayuntamiento ha dedicado una página web a explicar todos los detalles de la ZBE de Getafe
¿Existen otras restricciones o excepciones para circular por la ZBE de Getafe?
Algunos de los casos en los que los vehículos requieren de autorización para el acceso, la circulación y el estacionamiento en la ZBE de Getafe son:
- Vehículos de personas titulares que cuenten con la tarjeta de estacionamiento para las personas con movilidad reducida (TEPMR).
- Vehículos de los titulares o arrendatarios de plazas de garaje privado ubicadas en el interior de la Zona de Bajas Emisiones.
- Según el calendario de restricciones establecido en la ZBE de Getafe, tendrán que solicitar autorización los vehículos sin distintivo ambiental o distintivos B y C.
- Vehículos de autónomos, microempresas y sus trabajadores (menos de 10), cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBE.
- Vehículos de los clientes de talleres, a solicitud de los talleres de reparación de vehículos, que accedan a los ubicados en la ZBE.
- Vehículos de los usuarios que accedan a centros, servicios y establecimientos sanitarios, y centros veterinarios ubicados en el interior de la ZBE.
- Vehículos de clientes de hoteles u hostales ubicados en el interior de la ZBE.
- Los vehículos de los residentes en el interior de la ZBE en régimen de usufructo, renting, leasing, retribución en especie, vehículo de sustitución o nueva adquisición.
- Vehículos de los residentes de Getafe declarados registralmente de los que tengan las personas domiciliadas en Getafe, ya sea como leasing, renting, usufructo, retribución en especial, como vehículo de sustitución o en régimen de propiedad.
- Automáticas temporales o puntuales para residentes en la ZBE. Los residentes (mayores de 18 años) solicitarán autorizaciones de acceso a vehículos que declaren causas justificadas de tipo sanitario.
- Vehículos de titulares de plazas de aparcamientos municipales para residentes en el interior del área.
- Vehículos de usuarios abonados de parking públicos ubicados en el interior de la Zona de Bajas Emisiones.
- El resto de los casos los puedes consultar en este enlace.