La ZBE de Granada entrará en vigor, previsiblemente, el 1 de abril de 2025.
Con la llegada de la Ley del Cambio Climático y la Transición Energética en 2021, hasta 149 municipios con más de 50.000 habitantes se han visto obligados a establecer una Zona de Bajas Emisiones. Granada es uno de ellos y ya está en proceso de implantación.
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¿Qué coches pueden entrar en la ZBE de Granada?
Los vehículos más contaminantes, a los que no les corresponde el distintivo ambiental, que estén matriculados fuera de Granada tienen los días contados ya que no podrán entrar en la Zona de Bajas Emisiones de dicho municipio a partir del 1 de abril de 2025, cuando previsiblemente entre en vigor.
Todos los demás vehículos podrán entrar en esta zona limitada por las siguientes vías:
- Zona este: Camino del Sacromonte hasta la Abadía. Cruce del Restaurante El Caldero (para control de accesos desde la carretera de Murcia y Camino del Fargue que quedan dentro de ZBE), resto de la ciudad la ZBE queda delimitada por el perímetro urbano edificado.
- Zona de la carretera de Alfacar: la ciudad deportiva queda dentro del perímetro acotado.
- Zona norte: las calles Pegaso y Merced Alta no están incluidas en la ZBE. Borde de terreno de Casería de los Cipreses.
- Zona noroeste: Avenida Blas de Otero, calle Lepanto, c/ Racimos, c/ El Jau y borde del parque Cronista Juan Burgos.
- Zona oeste: borde del parque de las Alquerías, vía de servicio de la autoría (evitar entradas desde zona de Puleva). El Camino de Cañaveral incluido en la ZBE, María Moliner y calle Profesor Luis Molina Gómez abiertos para el servicio de aparcamiento. Borde del parque Federico García Lorca y calle Eudoxia Píriz que queda dentro de la ZBE.
- Zona suroeste: Carretera de Vegas del Genil hasta el cruce de Río Monachil y Genil. Término municipal de Granada y Río Monachil.
- Zona sur: Avenida de la Innovación dentro de la ZBE. Avenida de Jesús Candel, Avd. del Conocimiento, calle Torre Comares y calle Sultana no incluidas en la ZBE para facilitar acceso al parking de borde de Nuevo los Cármenes.
- Zona sureste: vía de servicio de la Autovía, Paseo de Cameros no incluida para acceso a parking, Camino de Caidero, término municipal de Granada dentro de la ZBE y cierre por Avd. Santa María de la Alhambra que no está dentro de la ZBE para permitir el acceso al monumento. No se contemplan dentro de la ZBE los terrenos del Patronato de la Alhambra. Queda libre el acceso al cementerio.
¿Qué etiquetas pueden entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Granada?
Pueden entrar a la ZBE de Granada todos aquellos vehículos que tengan algún tipo de etiqueta ambiental asignada por la DGT, es decir, C, B, Eco y Cero. Los vehículos matriculados en la ZBE de Granada podrán acceder a la zona, independientemente de que tengan o no una etiqueta ambiental.
¿Puedo circular por la ZBE de Granada sin etiqueta?
Si tu vehículo no está incluido en la Base de Datos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y no está censado en el municipio de Granada no podrás acceder a la ZBE sin el distintivo medioambiental, a no ser que cumplas con las siguientes excepciones, en cuyo caso no se requerirá de una autorización municipal previa:
- Vehículo de personas físicas y jurídicas que disponga de domicilio fiscal en el término municipal de Granada.
- Vehículos que dispongan de tarjeta autorizada de Carga y Descarga (CYD) en el Ayuntamiento de Granada.
- Transporte en autobús (autobús/microbús) de carácter regular.
- Transporte en autobús (autobús/microbús) de carácter discrecional que disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
- Servicios de transporte adaptado que dispongan de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
- Los vehículos asociados a una tarjeta PMR (Persona Movilidad Reducida) que tengan la autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
- Vehículos de servicios públicos esenciales, vehículos de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, policía local, vehículos de extinción de incendios, protección civil, grúa municipal, salvamento, ambulancias y otros servicios de emergencias. Identificados claramente.
- Vehículos destinados a servicios públicos básicos municipales.
- Vehículos de auxilio en carretera según Real Decreto 159/2021.
- Vehículos de servicio público de viajeros: taxi con licencia en Granada y/o APC.
- VTC que tenga autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
¿Qué vehículos necesitan una autorización previa para acceder a la ZBE de Granada?
- Los vehículos destinados a distribución de mercancías y que no dispongan de tarjeta emitida por el Ayuntamiento.
- Transporte en autobús (autobús/microbús) de carácter discrecional que no disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido/carriles bus.
- Servicios de transporte adaptado que no disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido.
- Vehículos de servicio público de viajeros: taxi sin licencia en Granada y/o APC.
- VTC que no disponga de autorización para acceder a la zona de acceso restringido.
- Vehículos de servicios públicos esenciales, vehículos de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, policía local, vehículos de extinción de incendios, protección civil, grúa municipal, salvamento, ambulancias y otros servicios de emergencias. No identificados claramente.
- Vehículos destinados a servicios públicos básicos municipales: vehículos de transporte público, vehículos discrecionales (autobuses/microbuses), vehículos que prestan servicios como limpieza, abastecimiento de agua potable y saneamiento, retirada de residuos, mantenimiento, conservación de la vía pública, zonas verdes, instalaciones y montajes de actividades lúdicas y culturales promovidas por el Ayuntamiento, alumbrado ornamental, patrimonio municipal y otros. No identificados claramente.
- Los vehículos asociados a una tarjeta PMR que no dispongan de autorización para acceder a la zona de acceso restringido en el momento de implantación de la ZBE.
- Vehículos destinados a servicios funerarios.
- Vehículos de asistencia a personas con grado de dependencia reconocida acreditada.
- Vehículos de mudanzas con limitación de flota.
Además, estos otros vehículos necesitarán una autorización puntual:
- Vehículos de grupos especiales vinculados a la ejecución de obras dentro de la ZBE.
- Traslado de personas por razones de urgencia, alta hospitalaria o que acudan a un tratamiento de larga duración con justificación médica.
- Vehículos históricos sin domicilio fiscal en la ciudad de Granada, con motivación justificada por la participación en eventos o actos singulares.
- Vehículos que soliciten con antelación acceder a talleres de reparaciones con motivación posterior mediante la presentación de factura oficial.
- Vehículos que accedan a Farmacias de Guardia en horario no comercial, con justificación mediante factura emitida.
¿Qué días y en qué horario se puede circular por la Zona de Bajas Emisiones Granada sin etiqueta?
Cuando entre en vigor la ZBE de Granada estará activa todos los días del año las 24 horas del día, así que no podrás pasar con tu vehículo sin etiqueta a no ser que cumplas con alguno de los requisitos anteriormente mencionados.
No habrá restricciones de acceso para los vehículos que accedan a estos aparcamientos de borde de Granada
Fuente: http://www.movilidadgranada.com