¿Cuántas veces a lo largo de tu vida como conductor has tenido que esperar a que los pasajeros de un autobús suban y bajen durante una parada? Seguramente no se podrán contar con los dedos de una mano y es más que probable que hayas tenido la intención de sobrepasarlo con la consecuente duda de si se puede adelantar a un autobús en línea continua durante esas circunstancias.
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¿Qué dice la normativa sobre adelantar un autobús que está parado?
Para responder a esta cuestión es lícito y necesario consultar el capítulo VII del Reglamento General de Circulación (RGC) que trata toda la normativa relacionada con el adelantamiento. En concreto, en el artículo 88 se menciona qué hacer con los vehículos inmovilizados:
«Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general».
Por tanto, cabe preguntarse si una parada de un autobús se considera como una «necesidad del tráfico». La Dirección General de Tráfico aclaró esta cuestión en una nota informativa del curso de unificación de criterios fechado en febrero de 2019. En ella se explica que:
«Tras la nota recibida del departamento de normativa de la DGT, y en interpretación del artículo 88 R.G. Circulación, les comunico que la parada de un autobús detenido que nos obligue para adelantarle atravesando la línea continua que divide los distintos sentidos de circulación, no será considerada como necesidad del tráfico. Por lo que dicho vehículo podrá ser rebasado, como es lógico con una valoración adecuada de la situación y sin poner en peligro al resto de usuarios, tanto vehículos, como peatones”.
Por tanto, si las circunstancias del tráfico en sentido contrario son las idóneas y es seguro realizar el rebasamiento, puedes pisar y sobrepasar la línea continua en ciudad cuando un autobús está realizando una parada.
¿En qué otras circunstancias se puede adelantar con línea continua?
Aunque por norma general el RGC prohíbe adelantar o realizar cualquier tipo de maniobra que suponga rebasar una línea continua, existen cinco situaciones excepcionales en las que se puede rebasar la línea continua:
- 1) Adelantamiento a ciclistas.
- 2) Adelantamiento a ciclomotores.
- 3) Adelantamiento a peatones, animales y vehículos de tracción animal.
- 4) Adelantar a un vehículo inmovilizado en la carretera.
- 5) Para superar obstáculos y otros elementos presentes en la vía.
Es importante que tengas en cuenta que estos adelantamientos sobrepasando la línea continua sólo los puedes hacer cuando sea seguro hacerlos y no vengan vehículos en el sentido contrario. Tu maniobra de adelantamiento no puede poner en peligro en ningún caso la circulación de los demás ocupantes de la vía y debes señalizarla con los intermitentes siempre.
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