Cuándo prescribe una multa

Existen muchos tipos de multas de tráfico (las más comunes son por exceso de velocidad) y, por norma general, no te vas a librar del pago ya que la administración te puede reclamar la sanción de diferentes formas hasta el punto de llegar al embargo. No obstante, hay contadas excepciones en las que no vas a tener que pagar, y entre ellas se incluye cuando prescribe una multa o cuando caduca.

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La multa puede prescribir desde el momento en que no te la notifican en el acto

Hay circunstancias que no permiten que se notifique la infracción de tráfico en el mismo momento en que se ha cometido la falta. Así lo explica el artículo 89 de la Ley de Seguridad Vial (LSV):

a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.

b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.

c) Que se haya tenido conocimiento de la infracción a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.

d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia, control, regulación o disciplina del tráfico y carezca de medios para proceder al seguimiento del vehículo.

¿Cuándo prescribe una multa? Depende de la gravedad de la infracción

Por las cuatro razones anteriores te pueden comunicar la notificación en una fecha posterior a la que cometiste la infracción. Según cuál sea el tipo de infracción, la prescripción de la multa tendrá una u otra fecha. Si quieres saber cuándo prescribe una multa, en el punto 1 del artículo 112 de la LSV explica el plazo de prescripción, tanto para las infracciones leves, como graves y muy graves (art. 80 LSV).

Plazos de prescripción de una multa
Infracción leve (hasta 100 euros)
Infracción grave y muy grave (entre 200 y 500 euros)
Infracción leve (hasta 100 euros)

Menos de 3 meses

Infracción grave y muy grave (entre 200 y 500 euros)

Un máximo de 6 meses

El plazo de prescripción comienza a contar a partir del mismo día en que los hechos se cometieron y prescribe si no te notifican la multa antes de ese tiempo, aunque ten cuidado porque no vale con devolver las multas o decir una dirección falsa. En los artículos 89, 90, 91 y 92 de la LSV se tratan todos los contenidos relacionados con las notificaciones y en ellos se explica que se puede notificar una denuncia a través de distintas vías:

  • En la Dirección Electrónica Vial (DEV).
  • Si el denunciado no tiene una DEV, se comunicará la notificación de la denuncia en su domicilio.
  • Si el domicilio que figura en los registros de la Jefatura Central de Tráfico no es correcto, se pasará a dar por comunicada la sanción en el Boletín Oficial del Estado.
  • También se comunicará en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

Estas fechas de prescripción se pueden interrumpir si la administración correspondiente lo considera oportuno para averiguar la identidad del denunciado o de su domicilio. El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado. Si tienes dudas de si tienes pendiente una multa, por ser Socio del RACE nosotros te podemos avisar y gestionar las multas.

Una multa puede prescribir y también caducar

Siguiendo con el artículo 112 de la Ley de Seguridad de Tráfico, al cabo de un año la infracción puede caducar y archivar si no se produce una resolución sancionadora. De igual forma, la caducidad se puede suspender si la paralización del procedimiento se produce por la orden de un juez. Tras su resolución firme, el plazo de caducidad se reanuda contando desde el momento en que se suspendió. El plazo de prescripción de la sanción (que es diferente al de la caducidad) tras la resolución judicial es de cuatro años.

Aunque existe la prescripción de las multas, es muy raro que la administración se confunda en los plazos, así que es mejor que, si consideras que eres culpable, pagues en el plazo voluntario para acogerte al 50% de reducción de la sanción. Si no eres culpable y estás seguro de que la sanción es injusta, debes recurrir la multa. Si vas por esta vía, perderás la opción de la reducción.

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