Un Vehículo de Movilidad Personal (VMP), tal como se define en el Reglamento General de Vehículos, es aquel sistema de locomoción que tiene una o más ruedas, puede llevar sólo a una persona, está propulsado por un motor eléctrico y su velocidad está comprendida entre 6 y 25 km/h.
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Un VMP puede estar equipado con un asiento o sillín, siempre que esté dotado de un sistema de autoequilibrado, un sistema auxiliar de control cuya función es mantener el equilibrio de un vehículo o estructura. Esta definición excluye a los juguetes, a las EPAC, a los vehículos para personas con movilidad reducida y aquellos vehículos tipificados como “L” según el Reglamento 168/2013 de la UE.
Existen diferentes tipos de VMP, y entre ellos se encuentran los patinetes eléctricos, unos vehículos que año tras años van ganando en popularidad y protagonismo en las calles de las ciudades. Por tal motivo, se ha regularizado su uso y desde el 22 de enero de 2024 los patinetes eléctricos que salen a la venta deben cumplir con unos requisitos de homologación que deben estar indicados en un certificado de circulación a través de una placa identificativa que debe estar colocada, de forma visible, en el propio patinete eléctrico. Los patinetes anteriores a esa fecha tienen de plazo hasta el 22 de enero de 2027 para obtener el certificado. Si no, no podrán circular a partir de dicha fecha.
Esta medida se ha planteado para que tengan una garantía de calidad y durabilidad mínima. Ahora bien, además del certificado, ¿hay que matricular un patinete eléctrico?
¿Cuándo es necesario matricular un patinete eléctrico?
Tal como hemos explicado en el apartado anterior, un patinete eléctrico forma parte del grupo de los Vehículos de Movilidad Personal, que deben cumplir con las siguientes especificaciones, tal y como apunta el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, aprobado el 12 de enero de 2022:
Entre 6 y 25 km/h
Vehículos sin autoequilibrado: ≤ 1.000 W
Vehículos con autoequilibrado ≤ 2.500 W
< 50 kg
2.000 mm
Por tanto, si tu patinete eléctrico tiene estas características no es necesario matricularlo, aunque sí tener el certificado de homologación. Sin embargo, si tu vehículo no cumple con estas condiciones y supera las siguientes:
- Tener una potencia nominal superior a los 1.000 vatios.
- Tener una velocidad máxima superior a 25 km/h.
Entonces, ya deja de ser un vehículo de movilidad personal y se considera como un vehículo a motor, en cuyo caso sí que estará obligado a matricularse y tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil.
¿Cómo es el proceso de matriculación de un patinete eléctrico?
Si por las características de tu patinete eléctrico estás obligado a matricularlo, el proceso es muy parecido al que tuvieses que hacer con un ciclomotor.
Documentación a presentar para matricular el patinete eléctrico
- Para realizar la matriculación debes presentar el Documento Nacional de Identidad o NIE.
- La tarjeta de la ITV, que deberás obtener previamente en una estación en la que corroboren que el VMP puede circular con seguridad. Para ello, debes pedir antes el certificado de homologación del patinete al fabricante, si es que todavía no lo tienes. Ten en cuenta que deberás pagar una tasa que varía según la comunidad autónoma en la que estés.
- El permiso de circulación.
- El justificante de que has pagado el impuesto de circulación.
- El justificante de pagar el impuesto de matriculación, que en este caso ronda los 28 euros.
- Debes presentar el impreso con la solicitud de la matriculación.
¿Dónde presento la documentación para matricular el patinete eléctrico?
Una vez que tengas toda la documentación, debes ir a una jefatura u oficina de tráfico, de forma presencial, o presentarla por Internet, a través de la web de la DGT.
Como verás, es un proceso algo tedioso que requiere de cierto esfuerzo, dinero y tiempo. No obstante, si eres Socio del RACE, nosotros te podemos ayudar a la hora de hacer todas estas gestiones.
Recuerda, los patinetes eléctricos deben cumplir una serie de normas
Aunque los patinetes eléctricos sean vehículos pequeños, ligeros y ágiles, recuerda que debes respetar y cumplir una serie de normas de circulación:
- No pueden circular por las aceras.
- Tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
- El conductor tiene las mismas tasas máximas de alcohol que permite la Ley de Seguridad Vial y está prohibido conducir con presencia de drogas en el organismo.
- Está prohibido conducir con los auriculares puestos o manejando el móvil.
Es obligatorio utilizar el casco en los términos que reglamentariamente se determine. - Aunque de momento no sea obligatorio, es aconsejable que los VMP tengan un seguro de responsabilidad civil, como los que ofrece el RACE.
Gracias al servicio de Asesoría Jurídica del RACE, nuestros socios gestionan gratuitamente sus multas.
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