El objetivo de alcanzar una economía neutra en carbono para toda la Unión Europea pasará, necesariamente, por la progresiva sustitución de los vehículos de combustión, que no podrán venderse en territorio comunitario a partir de 2035.
Si te compras un coche eléctrico y te quedas sin batería, te llevamos a un punto de recarga.
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Mientras tanto, la evolución de los vehículos eléctricos se centra sobre todo en mejorar su autonomía, incrementando la capacidad de la batería, y en el desarrollo de una infraestructura de recarga de mayor potencia, para que esta no suponga una limitación a la hora de realizar viajes fuera de los entornos urbanos. Mientras, la red actual de puntos de recarga de acceso público continúa siendo muy deficitaria, con 16.565 (muy alejados de los 45.000 previstos por el sector), según el último Barómetro de Electromovilidad elaborado por Anfac. Y precisamente por eso, la gestión y el uso de la infraestructura existente es de vital importancia.
Factores determinantes por los que pueden sancionarte
El uso responsable de estos puntos es, hoy por hoy, una necesidad que, sin embargo, no contemplan todos los conductores; y, así, no es infrecuente encontrarse con plazas reservadas para la recarga de estos vehículos, ocupadas por coches de combustión: una acción considerada como infracción grave por la DGT y que puede acarrear una sanción económica de 200 euros.
Según el Real Decreto 6/2015, del 30 de octubre, las plazas de aparcamiento reservadas a un determinado tipo de vehículos y/o usuarios (como, por ejemplo, las dirigidas a vehículos eléctricos o personas con movilidad reducida) no pueden ser utilizadas por otros; una prohibición que puede además estar limitada según determinados horarios o fechas y que es aplicable tanto a los puntos de recarga ubicados en la vía pública como en espacios de titularidad privada como centros comerciales, restaurantes o similares.
En cualquier caso, la limitación de aparcamiento no afecta exclusivamente a los vehículos de combustión, ya que un coche eléctrico (o híbrido enchufable) aparcado en una de estas plazas pero que no esté recargando su batería está sujeto a una multa de idéntica cuantía; por otro lado, si el punto cuenta con un tiempo máximo de uso, exceder dicho límite podría ocasionar recibir una multa de 90 euros. También nos arriesgamos a encontrarnos con la desagradable sorpresa de comprobar cómo la grúa municipal ha retirado nuestro vehículo. Eso sí, para que esta norma se aplique en cualquiera de estos supuestos, el área de recarga debe contar con una señal S17 de estacionamiento de vehículos, según especifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial; o con las correspondientes de prohibido parar, estacionar o ambas (R307 y R308), acompañadas por una placa en la que consten las exenciones o limitaciones.
El Real Decreto 29/2021 especificó que, a partir del 1 de enero de 2023, todos los edificios con un uso distinto al residencial privado (como centros comerciales y de ocio, centros de trabajo, supermercados, hospitales, hoteles o restaurantes) y con más de 20 plazas de aparcamiento deben contar con plazas de recarga de vehículos eléctricos (con una ratio mínima de un punto de recarga por cada 40 plazas). En el caso de instalaciones pertenecientes a la Administración General del Estado, la proporción es mucho mayor (una plaza por cada 20). Una buena opción para localizar plazas de recarga para tu coche eléctrico es el uso de apps móviles como Electromaps, con más de 160.000 puntos de recarga en toda Europa y que incluso te indica si el punto es gratuito o de pago; o Place to Plug, una app que también permite a sus usuarios compartir sus puntos de recarga privados.
Multas para coches eléctricos en carretera
¿Puede el dueño de un vehículo eléctrico recibir una multa por quedarse sin batería en medio de la carretera? Según especifica la ley, este contratiempo (equivalente a quedarse sin gasolina) no es motivo suficiente para recibir una multa de tráfico, pero sí lo son algunas posibles situaciones derivadas de la primera, como dejar estacionado el vehículo en un lugar indebido, lo que viola el artículo 90.1 del Reglamento General de Circulación, que menciona específicamente que dichos estacionamientos deben hacerse “fuera de la calzada, en el lado derecho de esta y dejando libre la parte transitable del arcén”. No señalizar el lugar donde se ha estacionado el coche mediante triángulos de emergencia conlleva una multa de 80 euros, mientras que estacionarlo dentro de la vía, en la mediana o en la parte transitable del arcén, y obstaculizando el tráfico de forma peligrosa, elevará la cuantía a 200 euros.
Por eso, si alguna vez se agota la batería de nuestro vehículo eléctrico en la carretera, deberemos tomar las medidas necesarias para que no se convierta en un obstáculo para el resto de los usuarios, empezando por retirarlo de la calzada y estacionarlo correctamente siempre que se pueda. Después, contacta con tu compañía de seguros: si tienes asistencia en carretera (que es lo habitual), te remolcarán hasta el punto de recarga más cercano, o incluso puede que te la recarguen allí mismo, si la grúa dispone de un cargador portátil. Si finalmente debes cambiar o reparar la batería de tu coche eléctrico, no es un problema si eres Socio del RACE ya que con la garantía mecánica estarás protegido.
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