Los conductores de ciclomotores y motocicletas son usuarios vulnerables de las vías. Y esto es así porque estos vehículos tienen un mayor nivel de letalidad en caso de siniestro, son menos estables y menos visibles si se comparan con los coches. Según los datos más recientes publicados por la Dirección General de Tráfico (DGT), en 2021, del total de 1.533 víctimas en las carreteras, 241 fueron motociclistas en vías interurbanas. 10 de ellos no llevaban puesto el casco.
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Es evidente que las normas son muy necesarias para reducir la accidentabilidad. Y, como toda norma, su incumplimiento conlleva una multa. ¿Cuáles son las multas más específicas de motoristas? Aquí las tienes.
Multas para motoristas más habituales
- La multa por ir sin casco o sin un casco homologado: con la nueva Ley de tráfico que entró en vigor en marzo de 2022 se penaliza todavía más. Si antes eran 200 euros de multa y 3 puntos menos del carnet de conducir, ahora supone la retirada de 4 puntos con la misma cuantía. Si es el pasajero de la moto o ciclomotor quien no utiliza el casco, la multa no conlleva retirada de puntos.
- Una motocicleta no puede circular sin el tubo de escape y circular con el escape libre está prohibido: rodar con una motocicleta con el escape libre (sin el conocido dB killer), sin llevar instalado el preceptivo dispositivo silenciador de explosiones o con un silenciador ineficaz: 200 euros.
- Conducir una moto del A2 con el carnet B está prohibido: En el caso de conducir un vehículo con un permiso o licencia que no habilita para ello, la multa asciende a 500 euros con retirada de 4 puntos del carnet. Lo que sí puedes hacer con el carnet B, el de coche, y al menos tres años de experiencia es conducir una moto de 125 cc o menos cilindradada las características que explicamos en el enlace.
- Circular sin que el vehículo tenga en vigor un seguro que cubra la responsabilidad civil obligatoria: entre 650 euros (ciclomotores) y 1.250 euros en el caso de motocicletas.
- Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores, excepto mayores de 7 años si el que conduce es alguno de sus padres o tutor: 200 euros.
- Circular durante el día con una motocicleta sin llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce: 200 euros.
- No pasar la ITV en el plazo establecido: los ciclomotores deben pasar la ITV cada dos años a partir del tercer año desde la fecha de la primera matriculación y las motocicletas a partir del cuarto año desde su primera fecha de matriculación. De no hacerlo la multa asciende a 200 euros.
- Circular con un ciclomotor o motocicleta cuando su conductor tiene el permiso o licencia de circulación caducada o sin vigencia: 500 euros.
- Repostar combustible con el motor de la motocicleta encendido: 80 euros.
- Circular con una motocicleta que no dispone de los sistemas de frenado que establece el Reglamento General de Vehículos: 200 euros.
- Circular con un ciclomotor que carece de espejo retrovisor o de los sistemas de alumbrado obligatorios: 200 euros.
- ¿Cuántos espejos retrovisores tienen que llevar instalados las motocicletas?: al igual que los coches, como mínimo deben llevar el retrovisor izquierdo, aunque es más recomendable llevar también el derecho. La multa por no llevarlos es de 200 euros.
- Circular con un ciclomotor sin placas de matrícula: 200 euros. ¿Cuántas placas de matrícula lleva una motocicleta? Una en la parte posterior.
- No circular por la derecha de la calzada al ir empujando o arrastrando una moto o ciclomotor: 80 euros.
- No obedecer una señal de entrada prohibida a motocicletas: 80 euros.
- Circular sin llevar contigo la documentación de la moto o el carnet de conducir: 10 euros.
- Y cuidado con circular con un carnet de conducir o licencia de circulación en el que los datos personales del titular (incluida su dirección postal) no estén actualizados: la multa es de 80 euros.
- Los conductores de motocicleta no pueden circular en paralelo. Deben llevar una distancia de seguridad adecuada y si circulan dos a la misma altura no lo cumplen. Por eso, la multa es de 200 euros.
Multas para motoristas en ciudad
Centrándonos en la conducción de una moto en el ámbito urbano, también hay multas a tener en cuenta por los motoristas, aunque ¡cuidado! porque las normas y cuantías de las multas pueden variar dependiendo de cada municipio.
Por ejemplo, encadenar la moto a mobiliario urbano (un semáforo, una farola, un árbol…) está prohibido bajo multa de 30 euros. Y si aparcas obstruyendo un paso de peatones la multa será de 200 euros. La misma cantidad tendrás que pagar si aparcas en una acera que no mida más de 3,5 metros de ancho.
Muy dolorosa puede ser la multa por lavar la moto en la calle o engrasar la cadena: desde 30 a 3.000 euros en función de si viertes productos de limpieza a la vía o supone algún destrozo. Y olvídate de hacer caballitos o derrapes, porque te puede costar una multa de 200 a 500 euros, además de la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
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