Plan impulso coche

Tras meses de incertidumbre en los que el Gobierno de España anunció su intención de ampliar los fondos dedicados al Plan MOVES III, sin éxito después de que en el Congreso no saliese adelante el Decreto Ómnibus (donde se incluían estas ayudas a los coches eléctricos, de pila de combustible e híbridos enchufables nuevos o de segunda mano que no tuviesen más de 12 meses de antigüedad), finalmente se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el nuevo programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica.

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¿Qué hay de nuevo en la reactivación del Plan MOVES III?

Fundamentalmente, la novedad de las subvenciones por el Plan Moves III es que se han asignado unos nuevos presupuestos para prorrogar este plan de ayudas hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta agotar fondos, lo que ocurra antes. La nueva cantidad aprobada es de 400 millones de euros (se suman a los 1.300 millones de euros aprobados anteriormente).
Una cuestión importante es que será retroactivo, es decir, que si has comprado un coche híbrido enchufable o eléctrico a partir del 1 de enero de 2025, podrás recurrir a estas ayudas.
Al ser una prórroga del Plan MOVES III, las bases y condiciones son las mismas que había anteriormente:
Para coches eléctricos (de coste inferior a 45.000 euros), de autonomía extendida y de hidrógeno la ayuda es de:

  • 7.000 euros si achatarras tu vehículo de más de 7 años.
  • 4.500 euros sin achatarramiento.

Para los híbridos enchufables de entre 30 y 90 kilómetros de autonomía:

  • 5.000 euros si llevas a achatarrar tu coche.
  • 2.500 euros sin achatarramiento.

Motos eléctricas:

  • 1.300 euros con achatarramiento.
  • 1.100 euros sin achatarramiento.

Furgonetas eléctricas:

  • 9.000 euros con achatarramiento.
  • 7.000 euros sin achatarramiento.

¿Cómo solicitar las ayudas a un coche eléctrico?

Una de las complicaciones que tenía la tercera edición era el proceso burocrático que había que pasar para solicitar las ayudas. Como los 400 millones siguen perteneciendo al Plan MOVES III, el proceso para pedir la subvención de los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible sigue siendo el mismo y, de momento, la ayuda no es directa, sino que la recibirás a posteriori tras la compra del vehículo.
Las encargadas de gestionar estas ayudas a la movilidad eléctrica son las comunidades autónomas, así que tendrás que acceder al aplicativo a través de cada web (aquí tienes, por ejemplo, la de la Comunidad de Madrid) para conseguir la subvención económica.

¿Qué situaciones puedes encontrar al solicitar la ayuda del Plan MOVES III?

Si estás pensando en solicitar la ayuda para el Plan MOVES III, lo puedes hacer de las siguientes formas:

  • Puedes solicitar la ayuda directamente.
  • Tendrás que pedir la ayuda a través de una entidad colaboradora de la que te informarán las propias CC. AA.

Documentos necesarios para solicitar la subvención del Plan MOVES III como autónomo o particular

Para solicitar el Plan MOVES necesitarás los siguientes documentos:

  1. Fotocopia del DNI/NIE del particular que solicita la ayuda.
  2. Si eres autónomo, debes aportar el Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  3. Si la ayuda solicitada es superior a los 10.000 euros: certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias y Seguridad Social. Si la ayuda es menor o igual a 10.000 euros necesitas una declaración responsable de estar al corriente con la SS y las obligaciones tributarias.
  4. Declaración responsable de no concurrencia en las circunstancias del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, según el modelo que se facilite en la convocatoria.
  5. Declaración de que no se dispone de otras ayudas para comprar un coche en España.

¿Cómo justificar tu compra para recibir la ayuda del Plan MOVES III?

En el caso que hayas comprado un coche y quieras justificarla para recibir la ayuda del Plan MOVES III, deberás reunir la siguiente documentación:

  • Fotocopia de la ficha técnica (tarjeta ITV) del vehículo adquirido.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • En los casos de vehículos eléctricos y de pila de combustible de hasta nueve meses de antigüedad, es necesario el permiso de circulación del vehículo a nombre del concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta del vehículo al destinatario último de la ayuda.
  • En el caso de renting o leasing operativo, debes aportar la fotocopia del contrato de renting o leasing operativo.
  • En el caso del renting, debes entregar el documento de endoso en el que se autorice a la empresa de renting a recibir la ayuda.
  • Fotocopia de la factura de compraventa del vehículo.
  • Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del vehículo.
  • Certificación que acredite los datos bancarios para la transferencia del importe de la ayuda.

Si tienes más dudas sobre la solicitud de las ayudas del plan MOVES III, aquí tienes un documento con toda la información del proceso, tanto si eres particular, autónomo o tienes una empresa.

Preguntas frecuentes sobre la reactivación del Plan MOVES III

¿Aún sigues teniendo dudas sobre la reactivación del Plan MOVES III? A continuación respondemos algunas preguntas que te pueden surgir.

¿Seguirá desgravando del IRPF?

Sí, al igual que ocurría en el plan MOVES III, se contempla hasta un 15% de la desgravación fiscal por la compra de un coche eléctrico o por la instalación de un punto de recarga (en ambos casos con un máximo de 3.000 euros), que contará desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.

Una vez acabada la ayuda de los 400 millones de euros, ¿qué ocurrirá con el Plan MOVES en 2026?

Es posible que se cree un nuevo programa de ayudas directas, que previsiblemente se podría denominar Plan MOVES IV, con un proceso de gestión más sencillo a partir de 2026. No obstante, todavía no hay ninguna información oficial al respecto.

Si compré un coche eléctrico el 1 de enero de 2025, ¿me puedo acoger a estas ayudas aunque hayan salido en abril?

Correcto. Una de las novedades de esta prórroga es que tiene carácter retroactivo, por lo que incluye en la solicitud de las ayudas a todas las personas que hayan adquirido un vehículo eléctrico de algún tipo durante 2025. No obstante, ten en cuenta que no recibirás la ayuda en el momento de la compra, sino que la recibirás meses o incluso años después.

¿La ayuda también la puedo solicitar si quiero instalar un punto de recarga?

Sí, esta prórroga del Plan MOVES III también incluye la instalación de puntos de recarga con una subvención de hasta el 70% (80% en el caso de localidades con menos de 5.000 habitantes) si eres un particular.

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