Qué no cubre seguro coche

En España, la ley obliga a cada propietario de un vehículo a contratar un seguro de coche que cubra, al menos, los daños ajenos en caso de accidente. A partir de aquí, las compañías aseguradoras ofrecen multitud de tipos de seguro de coche con diferentes coberturas.

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No obstante, tal como explica Ángeles Martínez Ulecia, responsable del departamento de seguros del RACE, el hecho de contratar un seguro de coche no implica que un vehículo o las personas que lo ocupen estén cubiertas en todas las situaciones. Existen casos concretos en los que tu aseguradora puede negarte la cobertura del seguro.

¿Qué cubre y qué no cubre un seguro a terceros?

Al seguro de coche a terceros también se lo conoce como el seguro de responsabilidad civil obligatorio. Es el más básico de todos y cubre:

  • Los daños físicos y materiales que le hagas a otras personas.
  • Algunas de las aseguradoras también cubren la asistencia en carretera y la asistencia jurídica, aunque no ocurre siempre. Ojo a la letra pequeña cuando vayas a firmar el contrato porque las compañías ofrecen coberturas distintas incluso para un seguro a terceros básico.

Más allá de las coberturas a terceros que tiene cada compañía, existen unas causas comunes por las que el seguro no te cubre en caso de accidente o avería:

Daños causados voluntariamente bien con el vehículo o al vehículo siempre que dichos daños sean realizados por el tomador, el asegurado, el conductor, el propietario o familiares de cualquiera de ellos. La excepción que aplicaría la aseguradora a este supuesto es que el daño haya sido causado para evitar un mal mayor.
Conducir el vehículo en estado de embriaguez, con una tasa de alcoholemia superior a la permitida, o bajo la influencia de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o cuando en sentencia dictada en contra del conductor se recoja esta circunstancia como causa determinante y/o concurrente del accidente. En este caso la aseguradora negará la indemnización.
Daños al vehículo asegurado producidos por una persona al volante sin el correspondiente permiso o licencia que le capacita para la conducción de dicho vehículo. También se incluye en este supuesto los casos de conductores que hayan quebrantado la condena o sanción administrativa de anulación o retirada del mismo.
Cuando el conductor del vehículo asegurado fuera condenado como autor del delito por ‘omisión de socorro’.
Cuando los daños se produzcan a partir de la participación del vehículo asegurado en apuestas, desafíos o pruebas deportivas.
En el caso en el que el vehículo asegurado se haya utilizado como instrumento para la comisión de delitos dolosos contra las personas o los bienes, así como cuando el siniestro haya sido causado por mala fe del tomador, del asegurado, del propietario, del conductor autorizado por él o familiares de cualquiera de ellos.
También está excluida la cobertura cuando en la declaración de siniestro a la aseguradora se incurra en falsedad intencionada o simulación.
Es importante que tengas en cuenta que te pueden denegar la cobertura cuando infrinjas las disposiciones reglamentarias en cuanto a las revisiones técnicas periódicas (coche sin ITV) y se pueda considerar que el estado del vehículo, que no ha pasado la ITV, ha sido la causa directa o indirecta del accidente.
La aseguradora también te puede rechazar la cobertura cuando exista inexactitud en la declaración del riesgo (por ejemplo, declarar una marca o modelo de coche distinto al que realmente debe estar asegurado) y esta se hubiera producido con culpa grave del tomador del seguro.
También las aseguradoras te pueden negar la cobertura por los daños que se causen al vehículo asegurado por los objetos transportados o con motivo de la carga o descarga de los mismos (salvo si está contratada la garantía de daños propios).
Por último, como norma general y salvo acuerdo con la aseguradora, están excluidos los daños que se produzcan cuando el vehículo asegurado circule por el interior del recinto de aeropuertos, incluso de forma esporádica, así como los daños que se produzcan cuando el vehículo circule habitualmente por el recinto de puertos marítimos.

Coberturas de un seguro a terceros ampliado

Este seguro ofrece la misma cobertura que uno a terceros, con la salvedad de que se pueden añadir otras circunstancias como la rotura de lunas, el incendio o el robo. Es entonces cuando pasa a llamarse seguro a terceros ampliado.

Las compañías te van a dejar adquirir todas las coberturas (en este caso se llama un seguro a terceros completo) o puedes hacer una combinación si no te interesa contratar alguna.

¿Qué cubre y qué no cubre un seguro a todo riesgo?

Un seguro a todo riesgo es el más completo que ofrecen las aseguradoras y, además, es más caro que un seguro a terceros, ya sea el básico, el ampliado o el completo. Dependiendo de si escoges un seguro a todo riesgo con o sin franquicia, el precio que tienes que pagar es mayor o menor.

¿Cubre golpes propios un seguro a todo riesgo?

Como su propio nombre indica, en esta modalidad ya cubre completamente los daños también al conductor y a su vehículo, no sólo a terceros, de ahí que su coste sea mayor. Por tanto, también cubre los golpes propios salvo las excepciones que hemos mencionado en el primer apartado.

Coberturas de un seguro a todo riesgo sin franquicia

Las coberturas que te va a cubrir un seguro a todo riesgo sin franquicia normalmente son:

  • La responsabilidad civil obligatoria.
  • Responsabilidad civil voluntaria (una ampliación de la obligatoria que permite superar la cantidad máxima exigida por ley para cubrir un gasto a terceros).
  • La asistencia en carretera.
  • La asistencia jurídica.
  • La cobertura de daños físicos y materiales tanto a terceros como al propio conductor y su coche.
  • Vehículo de sustitución (en algunas aseguradoras puede que no lo contemplen).
  • Rotura de lunas.
  • Robo.
  • Incendio.

Coberturas de un seguro a todo riesgo con franquicia

Las coberturas son las mismas que las del seguro a todo riesgo sin franquicia. La diferencia es la forma de pago: tienes que pagar una cantidad inicial que has acordado con la aseguradora en caso de siniestro o accidente, siempre que seas tú el culpable del percance.

Como cada compañía ofrece sus propios productos, lo importante es que leas detenidamente el contrato de tu seguro para saber cuáles son las coberturas que te incluyen. Así no te llevarás una sorpresa en el futuro.

El papel del Consorcio de Compensación de Seguros

También existen situaciones muy excepcionales en las que las compañías de seguros no te van a cubrir algunos daños, aunque sí lo hará el Consorcio de Compensación de Seguros. Y no lo hará de forma gratuita; cuando pagas tu póliza, parte del dinero se deriva a esta organización para que actúe cuando suceden las siguientes situaciones:

  • Catástrofes naturales: inundación, terremoto, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica, caída de cuerpos siderales y aerolitos.
  • Terrorismo.
  • Actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad.

Otras razones: motín, tumulto popular, hechos de guerra civil o internacional, por actuaciones tumultuarias en reuniones, manifestaciones o huelgas.

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