Decenas de miles de coches se han visto afectados por el paso de la DANA en diferentes municipios de Castilla-La Mancha, Islas Baleares, Aragón, Andalucía y la Comunidad Valenciana. Ante tal devastación y a raíz del Real Decreto-Ley 6/2024 por el que se adoptan medidas de urgencia ante los daños causados por la DANA, la Dirección General de Tráfico ha anunciado que dará de baja temporal de oficio a todos los vehículos de los que tenga conocimiento que hayan sido dañados por la DANA.
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La DGT ha emitido la instrucción VEH 2024/16 en la que, además de la medida anterior, también va a facilitar la tramitación de diferentes gestiones relacionadas con el permiso de conducir y el vehículo, siempre que hayan sufrido daños derivados de las inundaciones que se originaron el 29 de octubre en varias zonas de España.
Los trámites facilitados por la DGT en relación con la DANA
Gracias a dicha instrucción, se permite realizar una presentación de solicitudes de diferentes trámites extraordinarios en los que se simplifica el proceso. Tan sólo será necesaria aportar una declaración responsable (artículo 69 de la Ley del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas) que puedes descargar desde el enlace anterior de la instrucción.
Los trámites extraordinarios que se pueden solicitar son los siguientes:
1) Bajas temporales de un vehículo
- La DGT anotará de oficio una baja temporal para todos los vehículos afectados por la DANA que sean notificados a través del Consorcio de Compensación de Seguros o a través de las autoridades competentes.
- Si tu coche todavía no ha sido encontrado, puedes solicitar la baja temporal de tu vehículo de forma gratuita a través de las vías que citamos unas líneas más abajo presentando sólo una declaración responsable.
- También puedes solicitar esta baja temporal mientras te reparan el vehículo o mientras se está gestionando tu indemnización.
- De esta forma, el titular del vehículo afectado no tendrá que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025.
- En el caso de que el titular solicite el alta del vehículo, el trámite también será gratuito.
2) Baja definitiva de un vehículo
- Si el coche está declarado como siniestro total porque los daños sufridos son irreparables, el titular debe ponerse en contacto con su compañía de seguros o con el Consorcio de Compensación de Seguros para recibir la correspondiente indemnización.
- En este caso excepcional, la baja definitiva se realizará de forma gratuita y lo gestionará un Centro Autorizado de Tratamiento Medioambiental en el momento en que se entregue el vehículo en la instalación. Finalmente, se expedirá el certificado de destrucción. Si eres Socio del RACE, nosotros te podremos ayudar con esta gestión.
3) Duplicado del permiso de conducción
- Si tu permiso de conducción se ha perdido o destruido durante la DANA, puedes solicitar un duplicado del mismo a través de los diferentes canales que abajo explicamos.
- Tendrás que declarar de forma responsable a través de un formulario -puedes obtenerlo a través de la instrucción enlazada en el segundo párrafo de este contenido- que no lo tienes a causa de la DANA.
- El trámite es gratuito.
- La documentación te será remitida a la dirección que conste en el Registro General de Conductores en el momento de la solicitud o a una Jefatura Provincial de Tráfico.
Canales para solicitar los trámites extraordinarios facilitados por la DGT
- Web de la DGT. En los próximos días se habilitará un formulario para que los afectados por la DANA puedan realizar sus solicitudes a través de este canal.
- Atención telefónica: 060.
- Gestores administrativos.
- De forma presencial, en una Jefatura Provincial de Tráfico.
Por último, la DGT recuerda que, a través de su aplicación Mi DGT, puedes consultar todos los documentos de tu vehículo así como tu permiso de conducir de forma digital.
Si tu vehículo ha sufrido las devastadoras consecuencias de la DANA, desde el RACE te ayudamos con la gestión de los trámites para la baja temporal de oficio de tu vehículo.
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