Las restricciones cada vez mayores a la circulación de ciertos vehículos, la implantación en las ciudades de más de 50.000 habitantes de Zonas de Bajas Emisiones y la futura prohibición, en toda la Unión Europea, de la venta de vehículos equipados con un motor de combustión han hecho dudar a muchos consumidores de la conveniencia o no de comprar nuevos turismos dotados de etiqueta medioambiental C, que corresponde a los turismos y furgonetas ligeras de gasolina que se hayan matriculado a partir de 2006, y a los diésel que lo hayan hecho desde 2014, y que estén homologados con la normativa Euro 4, Euro 5 o Euro 6.
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Sin embargo, conviene no apresurarse a la hora de tomar una decisión, ya que a día de hoy existen muchas razones por las que adquirir un vehículo con distintivo C de la DGT todavía merece la pena. Aquí te vamos a explicar por qué.
¿Qué dice la Unión Europea?
Salvo nuevos cambios en las directrices marcadas desde Bruselas, 2035 es el año a partir del cual entrará en vigor la prohibición de vender nuevos vehículos dotados de motor de combustión y que usen gasolina o gasóleo. No obstante, y esta es una salvedad importante, estos sí podrán seguir conduciéndose hasta 2050, por lo que el amplio margen de tiempo no constituye impedimento alguno para la compra de estos vehículos.
Aunque el futuro de la movilidad motorizada parece ir claramente encaminada hacia los coches eléctricos, híbridos enchufables, con combustibles sintéticos, o de hidrógeno, entre otras energías, lo cierto es que la implantación de estas tecnologías avanza mucho más lentamente de lo inicialmente previsto. En España, por ejemplo, los eléctricos no representan ni siquiera el 10 % del total del mercado actual: faltan puntos de recarga, la población no está aún lo suficientemente formada en esta materia y tanto los vehículos eléctricos como híbridos son aún mucho más caros que los de combustión.
Por otro lado, la Unión Europea abrió la puerta el pasado mes de marzo a que los nuevos vehículos de combustión puedan ser vendidos más allá de 2035, siempre y cuando utilicen combustibles sintéticos elaborados a partir de fuentes de energía renovables. Una aplicación práctica que, sin embargo, todavía depende de la consecución de mayores avances que la hagan ser rentable y que pueda producirse a un precio asequible para el consumidor.
¿Qué sucede con las restricciones de circulación?
Ahora mismo, las únicas limitaciones de circulación que se van implementando en las ciudades españolas tienen que ver con algunas áreas localizadas dentro de las distintas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que se van introduciendo por todo el país y que, en cualquier caso, varían según el municipio.
Así, por ejemplo, en la ciudad de Madrid los vehículos que dispongan de etiqueta C pueden entrar y circular en el área urbana delimitada por el anillo de la M-30, y las restricciones solo afectan al Distrito Centro. Allí, estos vehículos no tienen permitido estacionar en la calle, y solo pueden acceder si van a aparcar en un parking público o privado, disponen de una reserva de estacionamiento o han recibido una invitación de una persona que reside dentro de la ZBE.
En cambio, en las Zonas de Bajas Emisiones de otros municipios, los vehículos con etiqueta C de la DGT sí pueden tanto acceder como estacionar. Es el caso de Barcelona, donde pueden acceder y estacionar libremente dentro de la ZBE de su área metropolitana. De hecho, esta solo impide el acceso a los que no disponen de etiqueta medioambiental, de lunes a viernes y de 7 de la mañana a 10 de la noche.
Para aclarar estas situaciones, el RACE considera necesaria una política común nacional sobre las Zonas de Bajas Emisiones, así como de accesos y de aparcamiento a las ciudades según las etiquetas, de manera que los usuarios no tengan que investigar las circunstancias de cada una de las localidades con más de 50.000 habitantes a las que quieran ir a visitar con su vehículo.
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