La Zona de Bajas Emisiones de Cartagena se divide en dos partes diferentes con restricciones complementarias diferenciadas entre una y otra.
La Ley del Cambio Climático y Transición Energética obliga a establecer una ZBE a aquellos municipios que tengan más de 50.000 habitantes. El Ayuntamiento de Cartagena argumenta que el centro de la ciudad ya está peatonalizado y no tiene problemas de contaminación, así que no prohibirá pero sí dificultará la circulación de vehículos por sus calles en ciertos casos.
¿Qué coches pueden entrar en la ZBE de Cartagena?
El caso de la Zona de Bajas Emisiones de Cartagena es muy diferente a las ZBE de otros municipios de España. Como el Ayuntamiento ha asegurado que no hay problemas de contaminación, en lugar de aplicar las restricciones a los vehículos según sus etiquetas asignadas por la DGT, se implementarán medidas para fomentar el transporte público y la movilidad sostenible.
El plan del Ayuntamiento de Cartagena ha sido crear dos ZBE de Cartagena diferenciadas:
Primera ZBE de Cartagena: el Casco Histórico
El perímetro de esta zona está formado por las siguientes calles:
- Calle Real.
- Calle Carlos III.
- Calle Capitanes Ripoll.
- Avenida Trovero Marín.
- La Cuesta del Batel.
- El Paseo de Alfonso XIII.
Tal y como aparece en el número 2532 del BORM, donde viene publicada la definitiva ordenanza de Zona de Bajas Emisiones del Ayuntamiento de Cartagena, en el interior de esta área acotada «se fomentará el uso peatonal del espacio público, manteniendo el tráfico rodado para acceso a las viviendas y garajes, el transporte de mercancías y suministros para el comercio«.
Segunda ZBE de Cartagena: el Ensanche
Está formada por supermanzanas que están delimitadas por el perímetro formado por las siguientes vías:
- Paseo de Alfonso XIII.
- Alameda de San Antón.
- Avenida Reina Victoria.
- Calle Juan de la Cosa.
El Ayuntamiento ha asegurado que en esta zona “se fomenta el calmado del tráfico mediante la creación de supermanzanas que desincentivan el paso de vehículos por zonas interiores para reducir la contaminación y los ruidos para los vecinos”.
¿Qué medidas restrictivas hay en la ZBE de Cartagena?
La ZBE de Cartagena contempla la regulación del tráfico de los vehículos más contaminantes (los de las categorías L, M y N a los que no les corresponda ningún tipo de etiqueta ambiental) siguiendo criterios como:
– Se restringirán de forma experimental el acceso en horarios específicos y en zonas concretas, según los informes previos establecidos por la Policía Local, según lo recogido por los sistemas de medición de aforos, sonido y contaminación que permitirán tomar decisiones sobre el tráfico en tiempo real para reducir su impacto.
– Se restringirá en cualquiera de las dos ZBE de Cartagena el acceso de los vehículos durante los días de contaminación atmosférica en los que se superen ciertos umbrales en los indicadores de calidad del aire.
– En la zona del Casco Histórico se podrá restringir el tráfico de vehículos cuando haya un exceso de peatones debido a la afluencia de éstos, por llegada de cruceros, eventos festivos en la ciudad, conciertos y fiestas señaladas en el calendario municipal.
– Calmado del tráfico en la zona del Ensanche mediante la implantación de estructuras viarias de supermanzana que se especifican en el siguiente gráfico:
– Establecimiento de zonas 10 (10 km/h), zonas 20 o zonas 30 en ciertas calles.
– Eliminación de aparcamientos en ciertas calles.
– Peatonalización en zonas del Casco Histórico con restricción de acceso solo a vecinos autorizados y comerciantes durante periodos establecidos de carga y descarga.
Exenciones a las medidas restrictivas en las ZBE de Cartagena
No les afecta las medidas anteriores a los vehículos que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
- Que el vehículo esté dedicado al transporte de personas con movilidad reducida.
- Vehículos autorizados en las ZBE de Cartagena que estén dados de alta en el Registro municipal de tarjetas de residentes.
- Vehículos de servicios que prestan servicios de emergencia y esenciales.
- Vehículos que presten servicios funerarios.
- Vehículos que transporten personas con enfermedades que les imposibiliten el uso del transporte público.
¿Qué horario de restricciones hay para estas ZBE de Cartagena?
Las medidas explicadas en el apartado anterior se aplicarán todos los días laborables, de lunes a viernes, durante las 24 horas del día. Estas medidas serán en todo caso de carácter temporal y reversible.
En resumen, el Ayuntamiento de Cartagena quiere que con estas dos Zonas de Bajas Emisiones se favorezca la movilidad sostenible con la peatonalización de sus calles, la utilización del transporte público, las bicicletas, los vehículos de movilidad personal o los vehículos electrificados y se evite la utilización de los vehículos de combustión, sobre todo los que más contaminan, que se corresponden con los que no tienen una etiqueta ambiental de la DGT. No obstante, el uso de los turismos no está prohibido como tal en estas zonas, aunque tendrán que cumplir con las medidas específicas de regulación del tráfico que vayan surgiendo diariamente.