Mapa de la ZBE de Móstoles

Mapa de la ZBE de Móstoles

La Zona de Bajas Emisiones de Móstoles es una realidad desde enero de 2024.

En 2021 , con la Ley del Cambio Climático y la Transición Energética, hasta 149 municipios con más de 50.000 habitantes se han visto obligados a establecer una Zona de Bajas Emisiones. Móstoles es uno de esos municipios que han tenido que adaptarse a la normativa.

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   ¿Qué coches pueden entrar en la Zona de Bajas Emisiones Móstoles?

El Ayuntamiento de Móstoles ha creado una zona específica de bajas emisiones que aprovecha la actual Área 20 (ya tenía restricciones a los vehículos desde el año 2013) ubicada en la almendra central del municipio para limitar, salvo ciertas excepciones, el acceso de los vehículos que no tienen etiqueta ambiental de la DGT en el perímetro formado por las siguientes calles:

  • Calle del Cristo.
  • Calle Juan XXIII.
  • Calle Reyes Católicos.
  • Calle Independencia.
  • Calle Ricardo Médem.
  • Calle Andrés Torrejón.

En todas estas calles la velocidad máxima para el tráfico rodado ya estaba delimitado en 20 km/h y así continúa con la ZBE de Móstoles. Colindando con esta Área 20 se mantiene el Área 30, un perímetro en el que los vehículos no pueden circular a más de 30 km/h.

El Ayuntamiento de Móstoles advierte en la ordenanza municipal que “en virtud de sus atribuciones podrá ampliar la ZBE a otra que cumpla los criterios que la naturaleza de las normas impulsa”, por ejemplo, en los entornos escolares o en el mercadillo municipal.

Etiqueta 0
Etiqueta Eco
Etiqueta C
Etiqueta B

¿Qué etiquetas pueden entrar en la ZBE de Móstoles?

Al igual que ocurre en otras Zonas de Bajas Emisiones de España, a la ZBE de Móstoles podrán acceder los vehículos que tengan la etiqueta 0, Eco, C o B (para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado, o reserva de estacionamiento en el interior del área) y se quedarán fuera aquellos vehículos a los que no les corresponde llevar una pegatina adjudicada por la DGT.

  ¿Puedo circular por la ZBE de Móstoles sin etiqueta?

Además de los vehículos con etiqueta, en la ordenanza también se mencionan otros casos en los que se puede acceder a la ZBE de Móstoles aunque el vehículo no tenga la etiqueta:

  • Las bicicletas, otros ciclos y los vehículos de movilidad urbana (VMU).
  • Los vehículos de los que dispongan las personas empadronadas en el Área 20 en régimen de propiedad, usufructo, renting, leasing, retribución en especie o como vehículo de sustitución y de otras personas invitadas por éstas.
  • Los vehículos que pertenezcan a personas con movilidad reducida que sean titulares de una tarjeta de estacionamiento de este tipo.
  • Los vehículos, debidamente rotulados e identificados, de los servicios públicos esenciales, incluyendo los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Municipal, extinción de incendios, protección civil y salvamento, ambulancias, otros servicios de emergencias y grúa municipal así como los vehículos que utilicen los profesionales de asistencia sanitaria domiciliaria en el Área 20.
  • Los vehículos debidamente rotulados e identificados de las Administraciones Públicas o sus contratistas que presten servicios públicos básicos como limpieza, retirada de residuos, mantenimiento y conservación de vías públicas, zonas verdes, instalaciones, patrimonio municipal y otros.
  • Los vehículos debidamente rotulados e identificados que presten servicios de urgencias en la vía pública sobre suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones y de sus contratistas que realicen obras en la vía pública.
  • Los vehículos autotaxi con distintivo ambiental.
  • Los vehículos de arrendamiento con conductor con distintivo ambiental con servicio previamente contratado con origen o destino en el Área 20.
  • Los vehículos, excluidos turismos y motocicletas, de empresas, sean éstas personas físicas o jurídicas, y de profesionales que presten servicios o entreguen o recojan suministros en el Área 20, incluyendo los del servicio de entrega de medicamentos a centros sanitarios y oficinas de farmacia del área y de recogida de residuos de las oficinas de farmacia ubicadas en el área.
  • Las motocicletas, ciclomotores y triciclos asimilables a motocicletas con distintivo ambiental.
  • Los vehículos que indiquen los propietarios de plazas de garajes particulares situadas en el interior del área.
  • Los vehículos de titulares de plazas de aparcamiento para residentes en el interior del Área 20.
  • Los vehículos con distintivo ambiental de autoescuelas ubicadas en el Área 20 destinados a prácticas de conducción.
  • Los vehículos que accedan a los talleres de reparación de vehículos ubicados en el Área 20.
  • Los vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones cuyo acceso autorice el órgano competente para autorizar el acto u ocupación.

  ¿Qué días y en qué horario se puede circular por la ZBE de Móstoles sin etiqueta?

En la ordenanza municipal no se menciona un horario y unos días concretos de delimitación de la ZBE de Móstoles así que esta restricción está presente los 365 días del año para los vehículos sin etiqueta, a no ser que cumplan con alguno de los requisitos antes mencionados que eximen de llevarla. Si no se cumple con la normativa, la multa es de 200 euros con la reducción del 50 por ciento si se paga en un plazo de 20 días naturales.